ORDENANZA N° 88/86
ARTÍCULO 1: Incrementase en el Cálculo de Recursos vigente en la sección 2, sector 1, rubro 2, del subrubro 1 "Artículo 2" en la suma de 28.644 =A=; del subrubro 2 "Artículo 4: en la suma de 3.820 =A= y en la sección 2, rubro 3, del surubro 5" Ley 93479 en la suma de 736 =A=.-
ARTÍCULO 2: Incrementase en el Presupuesto de Gastos vigente los créditos de las Partidas que se detallan a continuación y por los montos que para cada una se indican.
2.1.1.1.2.7. Propaganda y Publicidad................................=A=.1.000.-
2.1.1.1.2.10. Útiles, libros, impresiones y encuadré...........=A=.3.000.-
2.1.1.1.2.14.1. Fiestas públicas, agasajos y recepciones....=A=.1.000.-
2.1.1.1.2.14.3. Gastos Generales Varios.............................=A= 6.000.-
2.2.2.5.1.6. Adquisiciones Generales varias.....................=A=.4.200.-
2.3.1.1.1.4.1. A1 IPS...........................................................=A=.2.000.-
2.3.2.5.1.2. Máquinas, Motores y Herramientas................=A=.10.000.-
2.4.1.1.2.3. Conservaciones y Reparaciones...................=A=.1.000.-
2.5.1.1.1.4.1. A1 IPS...........................................................=A=.3.000.-
2.5.1.1.1.4.2. A1 IOMA.......................................................=A=.2.000.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Esta Ordenanza complementada a la ordenanza N° 72/86, sancionado por este H.
CD. en fecha 21 de Octubre de 1986.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintitrés días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y seis