ORDENANZA N° 93/86
ARTÍCULO 1: Cédese gratuitamente a la Dirección General de Escuelas y
Cultura de la Provincia Buenos Aires, el inmueble ubicado en las calles El Fogón y Chubut del Barrio San Patricio de este Partido, designado según catastro como Circunscripción II,
Sección C, manzana 101, parcela 1, inscripto el dominio a nombre de la Municipalidad de Marcos Paz. El inmueble posee una superficie de 816.79 m2. En un todo de acuerdo con el plano 68 -9 - 67 aprobado por la Dirección de Geodesia.-
ARTÍCULO 2: El inmueble que se cede por la presente Ordenanza deberá ser destinada por la Dirección de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires al funcionamiento de un establecimiento Preescolar, con exclusión de otro fin.-
ARTÍCULO 3: La construcción del citado edificio educacional deberá ser iniciada por el cesionario en el plazo de un año a contar de la fecha de la presente Ordenanza. De no cumplirse el plazo indicado o dársele un destino distinto al previsto en el artículo 2, la cesión quedará sin efecto alguno.-
ARTÍCULO 4: Comuníquese, regístrese y archívese
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintinueve días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y seis