ORDENANZA N° 64/87
ARTÍCULO 1: Los nuevos cargos previstos en el Presupuesto 1987, no podrán ser cubiertos, sin mediar autorización para tal fin, de este Honorable Cuerpo.-
ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veinticinco días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y siete