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ORDENANZA N° 64/87

 

ARTÍCULO 1: Los nuevos cargos previstos en el Presupuesto 1987, no podrán ser cubiertos, sin mediar autorización para tal fin, de este Honorable Cuerpo.-

 

ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veinticinco días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y siete

 

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 25/09/1987