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ORDENANZA N° 01/85

 

ARTÍCULO 1: Autorizase al D.E. a adquirir en forma directas los inmuebles cuya ubicación catastral es: I-K-144a - Partida N° 973, Superficie 11.900 metros cuadrados y I-K-144b -Partidas N° 900 y 25.311 al 25.323, Superficie 7.499.56 metros cuadrados delimitadas por la Av. Libertad y las calles Tacuarí, Saavedra y Almirante Brown de Marcos Paz, propiedad de Cabaña Avícola Jorju S.A.C.I.F.A. en la suma de =A= 2.400.000 (dos millones cuatrocientos mil pesos argentinos) pagaderos al contado, firmando el boleto correspondiente y escritura de dominio, soportándose los gastos que demande esta última de acuerdo a las leyes vigentes.-

 

ARTÍCULO 2: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza será imputado a la cuenta 2.1.2.5.1.5. "Inmuebles".-

 

ARTÍCULO 3: Comuníquese al D.E. regístrese, cumplido archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diez días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y cinco.

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 10/01/1985