ORDENANZA Nº 91/87
ARTÍCULO 1: Lo dispuesto en el Artículo 1 de la Ordenanza 86/87, se prorroga hasta el 10 de Febrero de 1988, en lo que respecta al pago de la cuota de ajuste de las Tasas de Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública; Obras Sanitarias y Conservación ì
de la Red Vial Municipal.-
ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, en el primer día del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y siete