Observaciones:
> El Artículo 5 es modificado por la Ordenanza N° 48/88
ORDENANZA N° 18/88
ARTÍCULO 1: Toda deuda en concepto de tasa por:
a) Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la vía Pública.
b) Conservación, Reparación y mejora de la Red Vial Municipal.
c) Servicios Sanitarios (todos los códigos).
d) Inspección, Seguridad ‚ Higiene (Comercios hasta tres personas.)
e) Correspondientes a los años 1983,1984,1985,1986 y 1987, serán actualizados de acuerdo a los coeficientes de los anexos I y II de la presente.-
ARTÍCULO 2: El monto resultante de la aplicación del artículo 1° podrá ser cancelado de la siguiente manera:
a) Al contado (10% de descuento).
b) Financiado (hasta en 12 cuotas mensuales y consecutivas).-
ARTÍCULO 3: El importe de cada una de las cuotas resultará de dividir el monto total de la deuda por la cantidad de cuotas pactadas.-
ARTÍCULO 4: El importe de cada cuota no deberá ser inferior a treinta australes a este fin la financiación de la deuda podrá pactarse en menos cuotas que las fijadas en el artículo 2 inciso b).-
ARTÍCULO 5: (Texto según Ordenanza N° 48/88) Prorróguese hasta el día 12 de Septiembre de 1988, el plazo para acogerse al plan de regularización de deudas dispuesto en el Art. 5 de la Ordenanza N° 18/88.
Texto Original: El plazo para acogerse al plan de pagos expuesto vence el día 10 de Junio de 1988.-
ARTÍCULO 6: La primera cuota se efectivizará en el momento de suscribir el plan de pagos y las siguientes del 1 al 10 de cada mes, a partir del mes de julio, las que sufrirán el incremento que experimente el índice de precios mayoristas nivel general, correspondiente a dos meses anteriores al vencimiento. Dicho incremento será acumulativo y se aplicará sobre el importe de cada cuota. (Por ejemplo: para la cuota del mes de Julio se aplicará el índice del mes de mayo y así respectivamente).-
ARTÍCULO 7: La falta de pago en término de dos de las cuotas pactadas, dejará sin efecto la vigencia del plan, procediendo el D.E. a solicitar la cancelación del monto de la deuda en forma inmediata, actualizando los importes impagos de cuerdo a la Ordenanza Fiscal vigente.-
ARTÍCULO 8: Deberán excluirse del plan de pagos las deudas requeridas judicialmente.-
ARTÍCULO 9: Para acogerse a la presente Ordenanza, el contribuyente debe encontrarse al día en el pago de las cuotas del año 1988 de las distintas tasas enunciadas en el artículo 1, específicamente sobre la que solicita regularización.-
ARTÍCULO 10: Se exime del pago de derechos de oficina a todas las presentaciones que se efectúen, encuadradas en la presente Ordenanza, debiendo iniciar un expediente interno en la Oficina de Rentas Municipal.-
ARTÍCULO 11: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los trece días del mes de Abril del año mil novecientos ochenta y ocho
ANEXO I
TASA POR ALUMBRADO, BARRIDO, LIMPIEZA Y CONSERVACION DE LA VIA PÚBLICA:
ZONA 1 A:
Deuda año 1983 o fracción.................. Coeficiente 26,09
" " 1984 " " .................. " 23,12
" " 1985 " " .................. " 11,56
" " 1986 " " .................. " 2,93
ZONA 1 B:
Deuda año 1983 o fracción.................. Coeficiente 24,02
" " 1984 " " .................. " 23,52
" " 1985 " " .................. " 11,76
" " 1986 " " .................. " 2.92
ZONA 2:
Deuda año 1983 o fracción.................. Coeficiente 28,55
" " 1984 " " .................. " 27,53
" " 1985 " " .................. " 14,41
" " 1986 " " .................. " 2,96
ZONA 3:
Deuda año 1983 o fracción.................. Coeficiente 28,30
" " 1984 " " .................. " 27,12
" " 1985 " " .................. " 20,34
" " 1986 " " .................. " 2.50
TASA POR CONSERVACION, REPARACION Y MEJORA DE LA RED VIAL MUNICIPAL:
Deuda año 1983 o fracción.................. Coeficiente 33,63
" " 1984 " " .................. " 29,01
" " 1985 " " .................. " 18,04
" " 1986 " " .................. " 2,84
TASAS POR SERVICIOS SANITARIOS:
CODIGO 0:
Deuda año 1983 o fracción.................. Coeficiente 20,56
" " 1984 " " .................. " 28,04
" " 1985 " " .................. " 13,41
" " 1986 " " .................. " 3,08
CODIGO 1:
Deuda año 1983 o fracción.................. Coeficiente 20,--
" " 1984 " " .................. " 23,--
" " 1985 " " .................. " 13,14
" " 1986 " " .................. " 3,06
CODIGO 2:
Deuda año 1983 o fracción.................. Coeficiente 18,77
" " 1984 " " .................. " 26,73
" " 1985 " " .................. " 12,42
" " 1986 " " .................. " 2,92
PARA INDUSTRIAS Y OTROS ITEMS COMERCIALES ESTABLECIDOS EN LA ORDENANZA IMPOSITIVA DEL AÑO 1987, SE APLICARAN LOS MISMOS COEFICIENTES DE ACTUALIZACION QUE PARA EL CODIGO 2.-
TASA POR INSPECCION, SEGURIDAD E HIGIENE: COMERCIOS HASTA TRES PERSONAS:
Deuda año 1983 o fracción.................. Coeficiente 18,91
" " 1984 " " .................. " 12,17
" " 1985 " " .................. " 3,56
" " 1986 " " .................. " 2,21
ANEXO II
TASA POR ALUMBRADO, BARRIDO, LIMPIEZA Y CONSERVACION DE LA VIA PÚBLICA:
ZONA 1 A: Coeficiente
1er. anticipo 2,246
2do. " 2,153
3er. " 2,038
1era. Cuota 1,520
2da. " 1,520
Cuota ajuste 1,300
ZONA 1 B:
1er. anticipo 2,246
2do. " 2,153
3er. " 2,038
1era. Cuota 1,520
2da. " 1,520
Cuota ajuste 1,300
ZONA 2:
1er. anticipo 2,246
2do. " 2,153
1era. cuota 1,520
2da. " 1,520
Cuota ajuste 1,300
1er. Cuota
ZONA 3:
1er. anticipo 2,153
2do. " 2,038
1era. cuota 1,516
2da. " 1,516
Cuota ajuste 1,302
TASA POR CONSERVACION DE LA RED VIAL MUNICIPAL:
1er. anticipo 2,247
2do. " 2,081
1era. cuota 1,522
2da. " 1,522
Cuota reajuste 1,303
TASA POE SERVICIO DE OBRAS SANITARIAS:
CODIGO 0:
Anticipo 2,240
1er. cuota 1,520
2da. " 1,520
Cuota ajuste 1,300
CODIGO 1:
1er. Anticipo 2,246
2do. " 2,080
1era. cuota 1,520
2da. " 1,520
Cuota ajuste 1,303
COMERCIALES TODOS:
1er. Anticipo 2,245
2do. " 2,081
1era. cuota 1,521
2da. " 1,521
Cuota ajuste 1,302
.................. " 12,17
" " 1985 " " .................. " 3,56
" " 1986 " " .................. " 2,21
ANEXO II
TASA POR ALUMBRADO, BARRIDO, LIMPIEZA Y CONSERVACION DE LA VIA PÚBLICA:
ZONA 1 A: Coeficiente
1er. anticipo 2,246
2do. " 2,153
3er. " 2,038
1era. Cuota 1,520
2da. " 1,520
Cuota ajuste 1,300
ZONA 1 B:
1er. anticipo 2,246
2do. " 2,153
3er. " 2,038
1era. Cuota 1,520
2da. " 1,520
Cuota ajuste 1,300
ZONA 2:
1er. anticipo 2,246
2do. " 2,153
1era. cuota 1,520
2da. " 1,520
Cuota ajuste 1,300
1er. Cuota
ZONA 3:
1er. anticipo 2,153
2do. " 2,038
1era. cuota 1,516
2da. " 1,516
Cuota ajuste 1,302
TASA POR CONSERVACION DE LA RED VIAL MUNICIPAL:
1er. anticipo 2,247
2do. " 2,081
1era. cuota 1,522
2da. " 1,522
Cuota reajuste 1,303
TASA POE SERVICIO DE OBRAS SANITARIAS:
CODIGO 0:
Anticipo 2,240
1er. cuota 1,520
2da. " 1,520
Cuota ajuste 1,300
CODIGO 1:
1er. Anticipo 2,246
2do. " 2,080
1era. cuota 1,520
2da. " 1,520
Cuota ajuste 1,303
COMERCIALES TODOS:
1er. Anticipo 2,245
2do. " 2,081
1era. cuota 1,521
2da. " 1,521
Cuota ajuste 1,302