ORDENANZA N° 38/88
ARTÍCULO 1: Autorizase al D. E. a contratar con el Bco. De la Provincia. De Bs. As. Un empréstito de 1.241.470 Australes, cancelables en 6 años en cuotas semestrales crecientes y porcentuales del capital original, difiriéndose el pago de la primera cuota al vencimiento del primer año, con más de un interés del 24% anual vencido reajustable bajo el régimen de la Ordenanza Gral. N° 40.-
ARTÍCULO 2: El monto del empréstito que se autoriza por el artículo anterior será destinado a la obra de pavimentación detallada en el expediente N° 4073-637/88.-
ARTÍCULO 3: El D .E. deberá prever en los presupuestos futuros las partidas para atender los servicios de amortización e intereses del préstamo hasta su cancelación.-
ARTÍCULO 4: En garantía del fiel cumplimiento de los servicios anuales de la deuda que se contrae, la Municipalidad declara afectado los recursos provenientes de las coparticipaciones fiscales sin afectación correspondientes a los impuestos nacionales y provinciales.-
ARTÍCULO 5: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los siete días del mes de Julio del año mil novecientos ochenta y ocho.