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ORDENANZA Nº 65/88

 

ARTÍCULO 1: Increméntase el crédito de la Partida 2.3.2.5.2.7. "Nichos en el Cementerio" en la suma de =A= 28.804,21.-

 

ARTÍCULO 2: El crédito necesario para cumplimentar lo dispuesto en el Art.1 será tomado de 2.3.2.5.1.2. "Maquinas, Motores y Herramientas" en la suma de =A= 28.804,21.-

 

ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiséis días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y ocho

 

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 26/10/1988