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ORDENANZA Nº 18/90

 

ARTÍCULO 1: Fíjase para el mes de Enero de 1990 una Bonificación Especial no remunerativa ni bonificable para el personal Municipal de la planta permanente, transitoria, Concejales y Secretarios del Honorable Concejo Deliberante de =A= 80.000.-

 

ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los cinco días del mes de junio del año mil novecientos noventa

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 05/06/1990