ORDENANZA Nº 18/90
ARTÍCULO 1: Fíjase para el mes de Enero de 1990 una Bonificación Especial no remunerativa ni bonificable para el personal Municipal de la planta permanente, transitoria, Concejales y Secretarios del Honorable Concejo Deliberante de =A= 80.000.-
ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los cinco días del mes de junio del año mil novecientos noventa