El resultado muestra las ordenanzas que contienen todos los términos ingresados.

ORDENANZA Nº 15/89

 

ARTÍCULO 1: Autorízase l Señor Intendente Municipal a firmar un Convenio de Canon con el Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires. cuyo modelo se adjunta.-

 

ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintisiete días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y nueve.

 

ANEXO III

 

MODELO DE CONVENIO AFECTANDO AGENTES Y MOBILIARIO

 

Entre el Instituto de Obra Medico Asistencial de la Provincia de Bs. As. y la Municipalidad de conformidad con se celebra que siguen:

 

PRIMERO: A los fines del funcionamiento de la Delegación del I.O.M.A. en la localidad de la Municipalidad comprométese a hacer entrega del mobiliario necesario bajo inventario y a mantener en servicio y afectados con exclusividad al desenvolvimiento de la Delegación a agentes, quienes previa selección y capacitación por el I.O.M.A., se desempeñarán bajo la supervisión directa del profesional auditor del I.O.M.A. sin perjuicio de las funciones y atribuciones del Director Regional del Instituto. Dichos agentes cumplirán las funciones y cometidos que le sean asignados y todas aquellas que en el futuro se asignen de conformidad a las previsiones legales y reglamentarias pertinentes.-

 

SEGUNDO: El I.O.M.A. podrá realizar cuanto acto sean necesario con vista a evaluar el desenvolvimiento general, la idoneidad y conducta de los agentes afectados a la misma, dando intervención, en su caso, al señor intendente a los fines de la adopción de las medidas o sanciones disciplinarias a que hubiere lugar.-

 

TERCERO: Como correlato de las obligaciones asumidas por la Municipalidad el I.O.M.A. se compromete a gestionar y efectivizar las transferencias presupuestarias correspondientes. El monto mensual de la misma se  fija en la cantidad de australes (A), la que podrá experimentar variación si las circunstancias lo imponen, y su actualización se efectuará según artículo 4 de la Resolución del H. Directorio del I.O.M.A. Nº- que la Municipalidad declara conocer.-

 

CUARTO: La Municipalidad declara conocer y aceptar las previsiones normativas implicadas en el funcionamiento de la Delegación, comprometiéndose a realizar todos los actos que sean necesarios para el cumplimiento estricto de aquellas.-

 

QUINTO: Forma parte integrante del presente convenio, la planilla de inventario patrimonial por los inmuebles cedidos por la Municipalidad, con sus respectivos valores de reposición si son usados o facturas de compra si son nuevos.-

 

SEXTO: El presente tendrá una duración de un año, renovable automáticamente por períodos iguales, salvo denuncia de cualquiera de las partes previa notificación fehaciente con una antelación no inferior a sesenta (60) días. Asimismo y con la misma modalidad, podrá denunciarse incausadamente el presente convenio.-

De conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a n solo efecto, en la Ciudad de la Plata, a los ------ días del mes de -----

de mil novecientos ochenta y siete.-

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 27/03/1989