ORDENANZA N° 01/92
ARTÍCULO 1°: Crease una Cuenta Especial denominada "Convenio de Refacción de los Establecimientos Educacionales".-
ARTÍCULO 2°: Serán ingresos, los aportes que efectúe la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Pcia. de Bs. As., y egresos los destinados a la refacción de Establecimientos Educacionales.-
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al D.E.M., dese al R.O., publíquese y cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diecisiete días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y dos.