ORDENANZA N° 11/92
ARTÍCULO 1°: Autorizase al D.E.M. a modificar las condiciones de pago para los convenios que por Retiros Voluntarios se han celebrado entre el Municipio y ex-agentes municipales; pudiendo el Ejecutivo Municipal cancelar en forma adelantada, cuotas de los convenios establecidos, para lo cual evaluará las razones que en cada caso expongan, las que sin excepción deberán ser consideradas de fuerza mayor.-
ARTÍCULO 2°: En todos los casos el otorgamiento del beneficio determinado en el Art.1 de la presente Ordenanza, estará sujeto a las disponibilidades presupuestarias del Municipio.-
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al D.E.M., dese al R.O., publíquese y cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veinticuatro días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y dos.