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ORDENANZA N° 19/92

 

ARTÍCULO 1: Redúzcase en un cincuenta por ciento (50%) el monto de las multas de tránsito ante el pago voluntario de las mismas dentro de los diez (10) días hábiles después de cometida la falta.

 

ARTÍCULO 2: La reducción será exclusivamente para infracciones de tránsito.-

 

ARTÍCULO 3: Cumplido el plazo de diez (10) días hábiles, no podrá requerirse el pago voluntario, debiendo abonar el monto completo de la infracción.-

 

ARTÍCULO 4: El Art.16 de la Ordenanza N° 30/86, quedará redactado de la siguiente manera: "Los porcentajes regirán sobre el sueldo mínimo del Empleo Municipal, vigente a la fecha de hacerse efectivo el cobro de la multa. Dentro de los diez (10) días hábiles respecto de la fecha de labrada el acta de infracción, deberá aceptarse el pago voluntario, con una reducción del cincuenta por ciento (50%) del monto de la misma, en los casos que correspondiere aplicar la multa.-

 

ARTÍCULO 5: Comuníquese, regístrese y cumplido archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los trece días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y dos

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 13/10/1992