ORDENANZA N° 31/92
ARTÍCULO 1°: Créase una Cuenta Especial denominada “Programa Social Nutricional
ARTÍCULO 2°: Serán ingresos, los aportes que efectúe el Ministerio de Salud y Acción Social de la Provincia de Buenos Aires y egresos los destinados a adquirir los alimentos que tiendan a dar respuesta a los estados de carencia.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Dése al R.O., regístrese, publíquese y cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los trece días del mes de julio del año mil novecientos noventa y dos.