ORDENANZA N° 33/92
ARTÍCULO 1°: Modifícase el primer párrafo del Artículo 1° de la Ordenanza N° 16/88, modificatoria del Artículo 127 de la Ordenanza N° 09/85, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"El presente Escalafón estará constituido por clases correlativamente numeradas del 1 al 21 para el personal mayor de 18 años.”
ARTÍCULO 2°: Apruébese la grilla de grupos ocupacionales que se acompaña como Anexo I de la presente Ordenanza a partir del 1° de Marzo de 1992.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al R.O., regístrese, publíquese y cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintisiete días del mes de julio del año mil novecientos noventa y dos.