ORDENANZA Nº 53/89
ARTÍCULO 1: Exímase del pago de Derechos de Construcción adeudados, a todos los adjudicatarios de los planes de vivienda integrales y de interés social, que ejecutan las Cooperativas La Principal de la Boca y Protecho.-
ARTÍCULO 2: Derógase el Artículo N. 14 de la Ordenanza Nº 25/88.-
ARTÍCULO 3: Impleméntese en forma urgente, las medidas administrativas que correspondan a fin de ingresar al erario Municipal, las tasas originadas en la aprobación de los planes en cuestión.-
ARTÍCULO 4: Aceptase la cesión del inmueble ubicados en C:II - S:E - Mza.45 - P:1 - tal cual lo ofertado por las Cooperativas La Principal de la Boca y Protecho, en el estado en que se encuentra.-
ARTÍCULO 5: Destinase dicha edificación, previo acondicionamiento de la misma, para uso de guardería exclusivamente.-
ARTÍCULO 6: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diecinueve días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y nueve.