ORDENANZA Nº 55/89
ARTÍCULO 1: Cédase gratuitamente a la Dirección de Energía de la Provincia de Buenos Aires, el inmueble ubicado en las calles El Fogón y Chubut del Barrio San Patricio de éste Partido, designado según catastro como Circunscripción II - Sección C - Manzana 101 -
Parcela 1 - inscripto el dominio a nombre de Municipalidad de Marcos Paz en la Matrícula 4637.-
ARTÍCULO 2: El inmueble que se cede deberá ser destinado por D.E.B.A. para la instalación de una planta reductora de gas natural.-
ARTÍCULO 3: La construcción deberá ser indicada por el cesionario, en el plazo de seis meses a contar de la fecha de la presente Ordenanza. De no cumplirse el plazo indicado, o dársele un destino distinto al previsto en el Art.2 de la presente, la cesión quedará sin efecto alguno.-
ARTÍCULO 4: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diecinueve días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y nueve.