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ORDENANZA Nº 78/89

 

ARTÍCULO 1: Autorízase al D.E. a realizar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, la novación por reconversión de los préstamos contratados para la construcción de pavimentos.-

 

ARTÍCULO 2: Cumplimentando el punto 2.1.11. del artículo 2º de la Ley 10753 si dentro de los noventas días no se encuentra sancionada la Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante. y la Asamblea de Mayores Contribuyentes, se retrotraen las obligaciones a su estado anterior.-

 

ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiséis días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y nueve.

 

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 26/09/1989