ORDENANZA Nº 78/89
ARTÍCULO 1: Autorízase al D.E. a realizar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, la novación por reconversión de los préstamos contratados para la construcción de pavimentos.-
ARTÍCULO 2: Cumplimentando el punto 2.1.11. del artículo 2º de la Ley 10753 si dentro de los noventas días no se encuentra sancionada la Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante. y la Asamblea de Mayores Contribuyentes, se retrotraen las obligaciones a su estado anterior.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiséis días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y nueve.