Observaciones:
> Derogada por la Ordenanza N° 67/92
ORDENANZA N° 55/92
ARTÍCULO 1°: Suspéndanse por el término de cuarenta y cinco (45) días los otorgamientos de nuevas habilitaciones en los barrios donde se presente tal circunstancia y cuyo encuadre legal corresponde a los Artículos 26 y 77 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al R.O, regístrese, publíquese y cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dieciséis días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y dos.