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ORDENANZA N° 70/92

 

ARTÍCULO 1°: Exímase del pago de las Tasas Municipales determinadas en los Capítulos I - IV y XXTI de la Ordenanza Impositiva vigente, al inmueble propiedad del Taller Protegido San Marcos, Personería Jurídica No. 8717, denominado catastralmente como C. I. Sec. E - Manz. 256 - Parcela 21a. Partida 12.799.-

 

ARTÍCULO 2°: La eximición determinada en el Artículo 1° de la presente Ordenanza, tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 1992 v por el ejercicio que comprende dicho año.-

 

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al R.O., regístrese, publíquese, entréguese copia al interesado y cumplido archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los treinta días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y dos.

 

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 14/12/1992