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ORDENANZA N° 74/92

 

ARTÍCULO 1°: increméntese en el cálculo de recursos vigente mediante la creación en la sección 1, sector 2, rubro 3 del subrubro 5 "aporte no reintegrable", por la suma de $ 50.000.- (pesos cincuenta mil).

 

ARTÍCULO 2°: increméntese en el presupuesto de gastos vigente los créditos de las partidas que se detallan a continuación:

 

2.1.1.1.2.6. Gastos por servicios públicos..................... $  20.000.-

2.1.1.1.2.7. Propaganda y publicidad........................... $  10.000.-

2.1.1.1.2.8. Racionamiento y alimentos........................ $   2.000.-

2.1.1.1.2.14.1. Fiestas publicas..................................$   5.000.-

2.1.1.1.2.14.3. Gastos generales varios....................... $  13.000.-

......................................................................$  50.000.-

 

ARTÍCULO 3°: comuníquese al d.e.m., dese al r.o., publíquese y cumplido archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los treinta días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y dos.

 

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 30/12/1992