ORDENANZA N° 74/92
ARTÍCULO 1°: increméntese en el cálculo de recursos vigente mediante la creación en la sección 1, sector 2, rubro 3 del subrubro 5 "aporte no reintegrable", por la suma de $ 50.000.- (pesos cincuenta mil).
ARTÍCULO 2°: increméntese en el presupuesto de gastos vigente los créditos de las partidas que se detallan a continuación:
2.1.1.1.2.6. Gastos por servicios públicos..................... $ 20.000.-
2.1.1.1.2.7. Propaganda y publicidad........................... $ 10.000.-
2.1.1.1.2.8. Racionamiento y alimentos........................ $ 2.000.-
2.1.1.1.2.14.1. Fiestas publicas..................................$ 5.000.-
2.1.1.1.2.14.3. Gastos generales varios....................... $ 13.000.-
......................................................................$ 50.000.-
ARTÍCULO 3°: comuníquese al d.e.m., dese al r.o., publíquese y cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los treinta días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y dos.