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ORDENANZA N° 80/92

 

ARTÍCULO 1°: Ratificase para el ejercicio 1993, la ordenanza impositiva vigente para el ejercicio 1992, que se adjunta y es parte integrante de la presente, que consta de 41 artículos y 21 folios útiles y que entrara en vigencia a partir de 1o. de enero de 1993 con las siguientes modificaciones:  

ARTÍCULO 5°: Los hornos de ladrillos abonaran hasta 8 empleados

Por mes: .........................................   $  160,00

Mas de 8, cada uno: ..............................   $   20,00

 

Capitulo XVIII - derechos de cementerio

ARTÍCULO 27°: Item g) limpieza, mantenimiento y alumbrado anual.

1) Boveda y nichera más de 10 catres, por catre.  $    4,00

 

Capitulo XXII - tasa por servicios sanitarios - agua corriente y cloacas.-

ARTÍCULO 33°: Los importes indicados en el artículo 32o. se incrementaran hasta en un 50 % cuando estén afectados por el sistema cloacal.-

 

ARTÍCULO 35°: Sistema cloacal.-

a) Carpeta técnica: .............................   $   10,00

b) Derechos de aprobación de plano (serv. minimo).  $   30,00

c) Derechos de conexión (costo real promedio).....  $  200,00

 

ARTÍCULO 39º: Por los baldíos frente a los cuales pasan las instalaciones de agua corriente, se abonara una contribución por mejoras única anual de..............  $   54,00

El importe indicado anteriormente se incrementara hasta en un 50 % cuando este afectado a la red cloacal.-

 

ARTÍCULO 2°: Increméntese en el cuerpo de la ordenanza impositiva las modificaciones descriptas en el artículo anterior, comuníquese al departamento ejecutivo municipal, dese al r.o., publíquese y cumplido archívese.

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los treinta días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y dos.

 

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Información adicional

  • Fecha de Sanción: 30/12/1992