ORDENANZA N° 80/92
ARTÍCULO 1°: Ratificase para el ejercicio 1993, la ordenanza impositiva vigente para el ejercicio 1992, que se adjunta y es parte integrante de la presente, que consta de 41 artículos y 21 folios útiles y que entrara en vigencia a partir de 1o. de enero de 1993 con las siguientes modificaciones:
ARTÍCULO 5°: Los hornos de ladrillos abonaran hasta 8 empleados
Por mes: ......................................... $ 160,00
Mas de 8, cada uno: .............................. $ 20,00
Capitulo XVIII - derechos de cementerio
ARTÍCULO 27°: Item g) limpieza, mantenimiento y alumbrado anual.
1) Boveda y nichera más de 10 catres, por catre. $ 4,00
Capitulo XXII - tasa por servicios sanitarios - agua corriente y cloacas.-
ARTÍCULO 33°: Los importes indicados en el artículo 32o. se incrementaran hasta en un 50 % cuando estén afectados por el sistema cloacal.-
ARTÍCULO 35°: Sistema cloacal.-
a) Carpeta técnica: ............................. $ 10,00
b) Derechos de aprobación de plano (serv. minimo). $ 30,00
c) Derechos de conexión (costo real promedio)..... $ 200,00
ARTÍCULO 39º: Por los baldíos frente a los cuales pasan las instalaciones de agua corriente, se abonara una contribución por mejoras única anual de.............. $ 54,00
El importe indicado anteriormente se incrementara hasta en un 50 % cuando este afectado a la red cloacal.-
ARTÍCULO 2°: Increméntese en el cuerpo de la ordenanza impositiva las modificaciones descriptas en el artículo anterior, comuníquese al departamento ejecutivo municipal, dese al r.o., publíquese y cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los treinta días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y dos.