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ORDENANZA N° 18/94

 

ARTÍCULO 1°: Compensase los excesos producidos en las siguientes partidas del presupuesto de gastos:

 

1.1.1.1.2.14.3. Gastos generales varios....................$ 201,03.-

1.1.2.5.1.2. Maquinas, motores y herramientas........$ 670,00.-

2.2.1.1.1.3.3. Subsidio familiar.............................$ 395,00.-

2.2.1.1.1.3.5.1. Bonificación por antigüedad............ ...$ 10.379,36.-

2.3.1.1.1.3.4. Horas extras.................................$ 66.333,76.-

2.3.1.1.1.3.5.1. Bonificación por antigüedad............ ..$ 47,70.-

2.3.1.1.1.3.5.6. Bonificación por título..................... $ 80,00.-

2.2.1.1.1.3.5.1. Bonificación por antigüedad...............$ 806,84.-

2.5.1.1.1.3.5.2. Puntualidad y asistencia...................$ 230,00.-

...................................................................$ 79.143,69.-

 

ARTÍCULO 2°: El crédito necesario para cumplimentar lo dispuesto en el artículo primero será tomado de:

2.1.4. Deuda flotante...............................$ 79.143,69.-

 

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al D.E., publíquese, regístrese y cumplido archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintisiete días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 27/04/1994