ORDENANZA N° 21/94
ARTÍCULO 1°: Sanciónese en forma definitiva la Ordenanza N° 9/94.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al D.E.M., dese al R.O., publíquese y cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los primer día del mes de junio del año mil novecientos noventa y cuatro.