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ORDENANZA N° 21/94

 

ARTÍCULO 1°: Sanciónese en forma definitiva la Ordenanza N° 9/94.

 

ARTÍCULO 2°: Comuníquese al D.E.M., dese al R.O., publíquese y cumplido archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los primer día del mes de junio del año mil novecientos noventa y cuatro.

 

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 01/06/1994