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ORDENANZA N° 21/96

 

ARTÍCULO 1°: EXIMASE parcialmente del pago de las Tasas Municipales de los Capítulos I - IV - XXII -, de la Ordenanza Impositiva vigente, al inmueble ubicado en la esquina de las calles Lavalle y Agüero, de nuestra localidad, donde funciona el Centro Preventivo Asistencial Contra las Adicciones .-

 

ARTÍCULO 2°: La mencionada exención no alcanza el importe establecido para la tasa de prestación del servicio de alumbrado público que actualmente percibe la Empresa Edenor S.A., de acuerdo celebrado oportunamente.-

 

ARTÍCULO 3°: La eximición determinada en el Artículo 1°, tendrá vigencia a partir del 1° de enero del corriente año.-

 

ARTÍCULO 4°: Comuníquese al D.E.M., Dese al R.O., publíquese, regístrese, y cumplido archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los siete días del mes de junio del año mil novecientos noventa y seis.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 07/06/1996