ORDENANZA N° 35/96
ARTÍCULO 1°: Autorizar al DEM., a la firma de un Convenio con la Cooperativa Alfil Ltda., para que este ejecute el Plan Solidaridad 92 viviendas en el predio nomenclatura Catastral IV, Parcela 476 c.-
ARTÍCULO 2°: Dicho Convenio caducara en el caso de no iniciarse los trabajos de construcción en el plazo de ciento cincuenta (150) días de firmado el mismo.-
ARTÍCULO 3°: Los adjudicatarios del conjunto serán seleccionados del Registro de la Municipalidad conjuntamente con el "Censo de Familias" que consta en la "Unidad Ejecutora" - Programa Familia Propietaria.-
ARTÍCULO 4°: El pago de los terrenos será abonado a la Municipalidad de Marcos Paz, por los adjudicatarios una vez que estos hayan terminado de pagar las cuotas de vivienda durante el proceso de construcción.-
ARTÍCULO 5°: Comuníquese, regístrese, publíquese y cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diez días del mes de Octubre del año mil novecientos noventa y seis.
CONVENIO
Entre la Municipalidad de Marcos Paz, representada en éste acto por el Sr. Intendente Municipal Don Enrique J. Salman, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte y la Cooperativa Alfil Ltda.; representada por el Sr. Presidente Don Carlos José Trotta, en adelante “LA COOPERATIVA”, por la otra, acuerdan celebrar el presente CONVENIO, ateniendo su vinculación reciproca a la perspectiva emergente de las siguientes cláusulas:
CLÄSULA PRIMERA: Objetivos: El presente convenio tiene por objetivo dar soluciones habitacionales en el partido de Marcos Paz, priorizando a los grupos familiares que constan en la información sistematizada del Censo de Familias realizado por la Unidad Ejecutora Provincial del Programa Plan Familia Propietaria.
CLAUSULA SEGUNDA: Compromiso: La cooperativa se compromete a ejecutar un plan habitacional de 92 unidades de viviendas, en el marco del plan Bonaerense SOLIDARIDAD, del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires; contando con la asistencia financiera através del convenio de fecha, N°, tal emprendimiento estará emplazado en el predio propiedad de LA MUNICIPALIDAD, con destino al Programa Familia Propietaria sito a la Provincia de Buenos Aires; Partido de Marcos Paz, designado Catastralmente como Circ. IV, Parcela 476c, Matriculada 3.489.
La Municipalidad se compromete a su vez a la entrega del terreno en tiempo y forma con fin de la iniciación de la obra.
CLASURA TERCERA: Adjudicatarios: Los adjudicatarios del conjunto serán seleccionados por “LA MUNICIPALIDAD” priorizando a los grupos familiares que constan en el Censo de Familia Propietaria, donde “LA COOPERATIVA” deberá registrar e incorporar debiendo informar fehacientemente a “LA MUNICIPALIDAD” cualquier cambio o renuncia, siendo potestad de ésta los reemplazos.
En Prueba de conformidad se firman 3 (tres) ejemplares de un mismo tenory a un solo efecto en Marcos Paz a los diez días del mes de Octubre de 1996.