Marcos Paz, 14 de Julio de 2022
VISTO:
El expediente 4073-HCD 062/2022 P.R “Repudio a la actividad industrial desarrollada por el incinerador ubicado en nuestra Ciudad”
La Constitución Nacional,
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires,
La Ley Orgánica de Las Municipalidades,
La Ordenanza 11/2006 y sus modificatorias
Las Resoluciones HCD 07/2005, 11/2006, 23/2006 y 17/2009,
La Comunicación HCD 31/2014,
Los informes periodísticos publicados por Infobae.com y lanacion.com.ar (https://www.infobae.com/politica/2022/04/21/una-empresa-de-eeuu-reconocio-que-pago-coimas-en-argentina-usaba-alfajores-como-codigo-secreto/) (https://www.lanacion.com.ar/politica/surgen-mas-datos-de-las-coimas-que-pago-una-multinacional-estadounidense-en-la-argentina-nid30042022/)
El informe remitido a este honorable cuerpo por la Autoridad de la Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR) IF-2022-56760316-APN-DFYAA#ACUMAR y
CONSIDERANDO:
Que en el año 1995, se instaló en Marcos Paz una planta de tratamiento de residuos industriales bajo la denominación “Marcos Martini”. La misma ha sido habilitada mediante engaños a la población, ya que se presentaba como una fábrica cuyo objeto sería la fabricación o el reciclado de pinturas.
Que la habilitación municipal fue firmada por el Intendente interino y el secretario de Gobierno de ese entonces.
Que actualmente desarrolla su actividad de tratamiento de residuos patogénicos y peligrosos con la misma habilitación, sin perjuicio de haber cambiado sus nombres societarios.
Que, consultado por este Honorable Cuerpo, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) informó que, pese al cambio de titularidad, la misma conserva la misma CUIT.
Que en aquel momento, mediante una publicación medioambiental del COFEMA, el pueblo de Marcos Paz toma conocimiento que se trataba de un incinerador industrial, en donde el exjefe de Gabinete de la Nación, Eduardo Bauzá, hizo público el éxito de la incineración de residuos en la Ciudad de Marcos Paz.
Que este incinerador de residuos industriales se encuentra en el Km 51 de la Ruta 40 (ex 200), donde nace el camino a la Colonia Ricardo Gutiérrez y al Complejo Penitenciario Federal.
Que resulta de mucha importancia resaltar que en las zonas aledañas a la planta, también hay viviendas, asimismo hay granjas avícolas, frigoríficos, productores porcinos, la Escuela Nº 19 “Maestro Oscar Sánchez”, la cárcel de jóvenes adultos, la Colonia Gutiérrez y los Complejos Penitenciarios Federales, entre otros.
Que las y los profesionales abocados al estudio del ambiente, sostienen que resultaría posible identificar desde una perspectiva sistémica una serie de consecuencias sobre el subsistema ambiental y social. Se identifican efectos de las dioxinas sobre la salud en seres humanos adultos que se han visto expuestos a altas dosis de dioxinas, hallándose un incremento en todos los tipos de cáncer y en la aparición de tumores no cancerosos; una disminución de los niveles de la hormona masculina testosterona; un aumento de la incidencia de diabetes; daños sobre el desarrollo; cloracné; y alteraciones en las funciones endócrina e inmunológica. Distintos estudios científicos han determinado que la incineración de productos clorados como el PVC (típico componente de la basura descartable de los hospitales) conduce a la formación de nuevos compuestos clorados como las altamente tóxicas dioxinas, que se emiten a través de la chimenea, las cenizas y otros residuos. Se ha demostrado también que la mayoría de estas sustancias son persistentes (resistentes a la degradación en el medio ambiente), bioacumulativas (se acumulan en los tejidos de organismos vivos) y tóxicas, convirtiéndolas en los contaminantes más problemáticos del sistema natural (fuentes: “Fábricas de cáncer. Los incineradores enferman”, Greenpeace, 2001; Impacto ambiental de las incineradoras, Jesús Saiz de Omeñaca; Incineración de residuos peligrosos. Impactos en la agricultura, Joe Thornton. Campaña de tóxicos de Greenpeace, 1993; https://www.greenpeace.org/argentina/global/argentina/report/2006/4/incineraci-n-y-salud-humana.pdf).
Que el informe de la Autoridad de la Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR) mencionado en los vistos reafirma que la incineración de residuos especiales o peligrosos genera un riesgo real y potencial hacia el medio ambiente y la salud de la población circundante, informando además que la firma Stericycle Argentina S.A. incumple la normativa, con permisos, licencias y certificados vencidos y debe presentar y cumplir un Plan de Adecuación.
Que existe el principio Precautorio, en función del cual la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de Río de Janeiro en 1992, y la Ley General del Medio Ambiente señalan que: “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”.
Que este principio, que marca nuestra legislación Nacional, no se cumple.
Que la reciente información relacionada con el Incinerador que explota la empresa Stericlycle S.A. en nuestra ciudad, y que fue tapa de noticias de diferentes medios periodísticos, indica que la firma fue sancionada en 84 millones de dólares, luego de que se detectara que sobornó a funcionarios de organismos públicos de la región.
Que según la noticia periodística publicada se informa que (copia textual) “Los documentos desclasificados por el Departamento de Justicia y la Comisión de Valores (SEC) de Estados Unidos aportan pocos datos sobre las actividades delictivas que ocurrieron en la Argentina. Apenas detallan que ocurrieron entre 2012 y 2016, que usaron la palabra “alfajores” como eufemismo para aludir a los sobornos y que se centraron en ámbitos provinciales. Pero no dieron nombres”.
Que la empresa Stericycle asumió la responsabilidad por sus prácticas comerciales corruptas que consistían en pagar millones de dólares en sobornos a funcionarios extranjeros en varios países.
Que resulta de suma importancia tener en consideración el impacto ambiental de la actividad desarrollada por la empresa Stericycle y la sanción impuesta en la justicia de EEUU, por prácticas fraudulentas para el desarrollo de sus actividades, que involucra directamente a numerosos países de Latinoamérica, de la cual no podemos dejar de enfocar nuestra preocupación sobre el tema.
Que este Cuerpo Legislativo en ejercicio de sus facultades, ha tomado intervención activa y fijado posición respecto a la actividad desarrollada por la empresa hoy denominada Stericycle (en su momento Marcos Martini) mediante la emisión de distintas Resoluciones y Comunicaciones, al punto de declararla empresa No Grata, solicitar su erradicación de la Ciudad de Marcos Paz, y hasta solicitando la intervención activa del Gobernador y los Organismos Provinciales para el cumplimiento de esos fines.
Que resulta imposible no encontrar una relación directa entre la empresa, el medio ambiente y la salud de los habitantes de nuestra ciudad.
Que a todas luces resulta incompatible este tipo de actividad altamente contaminante con el perfil productivo y estructura económica que tuvo y tiene nuestro distrito.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCION N° 023/2022
ARTÍCULO 1°: Manifestar nuestra preocupación ante la reciente información relacionada a la empresa Stericycle SA sobre el pago de sobornos para el desarrollo de su actividad, especialmente en tanto éstas puedan tener relación con su desempeño en nuestro distrito.
ARTICULO 2°: Solicitar a las autoridades nacionales, provinciales y municipales informen las medidas que se adoptaron en virtud de dicha información.
ARTICULO 3°: Seguir manifestando nuestro repudio a las prácticas y actividades de tratamiento de residuos patogénicos y peligrosos desarrolladas por la empresa Stericlycle S.A., ubicada en nuestro distrito, por ser consideradas contaminantes y nocivas para la salud de nuestros vecinos, nuestro ecosistema y contrarios a nuestro perfil productivo, social y cultural, con el agravante que la Autoridad de la Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR) remitió a este Honorable Cuerpo, a su pedido, un informe en el cual concluye que la firma tiene los permisos y certificados vencidos, siendo una actividad que genera riesgo real y potencial hacia el medio ambiente y la salud de la población, debiendo presentar un Plan de Adecuación reclamado desde 2019, recomendando generar acciones consensuadas entre ACUMAR, OPDS –hoy Ministerio de Ambiente- y Municipio.
ARTÍCULO 4°: Remitir copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Gobernación de la Pcia. De Buenos Aires, al Ministerio de Ambiente y Hábitat de la Provincia de Buenos Aires, a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), a los Concejos Deliberantes de los municipios que integran la cuenca Matanza-Riachuelo, al Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires y la Delegación de la Defensoría del Pueblo de Marcos Paz, a fin de que tomen conocimiento y/o adopten las medidas necesarias para dar respuesta a las preocupaciones planteadas por este cuerpo y la comunidad de Marcos Paz.
ARTÍCULO 5°: De forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los catorce días del mes de Julio del año dos mil veintidós