Marcos Paz, septiembre del 2024.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD 0173/2024 P.R. “Repudiar Accionar Poder Judicial por atentado CFK”
El Expediente 4073-HCD 0184/2024 P.R. “expresar profunda preocupación ante el accionar de la Justicia Federal y el más enérgico repudio por su inacción deliberada durante la investigación por el intento de magnicidio contra la Dra. Cristina Fernández de Kirchner”
Que El 1° de septiembre de 2022 ocurrió uno de los hechos de mayor gravedad institucional de los últimos años de la democracia, que tuvo como víctima principal a la ex Vicepresidenta de la Nación, la Dra. Cristina Fernández de Kirchner.
Que en los últimos años hemos presenciado en toda la región atentados contra figuras relevantes de la política de distintos orígenes partidarios como fueron el ataque a Jaír Bolsonaro en Brasil en 2018 y el reciente intento de homicidio a Donald Trump en Estados Unidos, entre otros, siendo estos hechos que lamentablemente marcan un clima de época donde la violencia socava los cimientos de la democracia.
Que resulta imprescindible que las instituciones de la democracia se expidan de forma tajante frente a estos hechos y se comprometan con la búsqueda de la verdad. - Decreto DNU 573/2022
Resolución HCD 30/2022 “Repudio al atentado contra la vida de la Sra Vicepresidenta de la Nación Dra Cristina Fernández de Kirchner”
CONSIDERANDO:
Que el intento de magnicidio a la entonces Vice presidenta Cristina Fernández de Kirchner no se trató de una acción singular, llevada a cabo por un individuo aislado. Por el contrario, se enmarca en una escalada de violencia y proliferación, naturalización y circulación de discursos de odio, cuyo objeto fue su figura. (El ejemplo más concreto de esto se puede encontrar en la declaración de Sabag Montiel, el fallido homicida, quien ante la consulta de un periodista sobre la motivación que lo llevó a realizar el acto, él respondió: “por el odio generalizado”.)
Que hablamos entonces de un proceso. Una concatenación de hechos que hicieron posible que una persona se sienta habilitada y capaz de asesinar a la ex vicepresidenta y teniendo en cuenta que este proceso tiene hitos concretos, en donde la figura de Fernández de Kirchner se construye como un objeto de odio. Por ejemplo, podría mencionarse el alegato del fiscal federal Diego Luciani, dentro del juicio conocido como “Vialidad”,también lleno de irregularidades. Dicho alegato se desarrolló en un tono extremadamente violento y provocador, que podría haber sido enmarcado dentro de un discurso político más que un alegato judicial. Éste fue trasmitido por los principales medios de comunicación, quienes mientras difundían la intervención del fiscal, mostraban la puerta de la casa de la ex mandataria. El mismo día que el fiscal terminaba de dar su alegato, se ocasionaron disturbios por parte de pequeños grupos que se acercaron a la puerta de la ex vicepresidenta para insultarla y agredirla.
Que otros hechos que profundizaron y naturalizaron esta escalada de violencia son las manifestaciones que se sucedían en la Plaza de Mayo, en las cuales sus asistentes llevaban bolsas mortuorias con nombres de funcionarios y dirigentes políticos, guillotinas y un sinfín de representaciones violentas contra distintas figuras políticas y sociales pero, principalmente, contra Fernández de Kirchner.
Que este contexto de escalada y naturalización de la violencia, también permeó en el proceso judicial iniciado para esclarecer el atentado, ya que la inacción de los funcionarios judiciales para avanzar en la búsqueda de la verdad sobre los autores materiales e intelectuales del atentado no puede ser más que deliberada. Sin embargo, existe un silencio atronador en la esfera pública en torno a ello.
Que en el proceso judicial iniciado para esclarecer dicho atentado podrían enumerarse diversas irregularidades. La primera, la división de la causa y, consecuentemente, su investigación. Por un lado, se decidió avanzar en las responsabilidades materiales del hecho (Sabag Montiel, Brenda Uliarte y Nicolás Gabriel Carrizo). Por el otro, se intentó delegar o posponer en el tiempo de forma indefinida la investigación sobre los posibles autores intelectuales o ideológicos del hecho, así como el financiamiento que existió detrás de este accionar. En ese marco, se produce la falla en la cadena de custodia del teléfono celular del atacante. Dicho dispositivo fue entregado a los peritos de la Policía Federal. Estos informaron no poder acceder al contenido del dispositivo, por lo que se dispuso que el peritaje fuera realizado por la Policía de Seguridad Aeroportuaria. Estando en custodia de la jueza, el teléfono llegó en un sobre abierto, encendido y con un “error del sistema”. Todo esto sucedió cuando la responsabilidad de resguardo de la prueba estaba en manos de la Jueza. De hecho, el traslado lo realizó su custodia personal. Segunda irregularidad: la decisión de las autoridades judiciales de no investigar a las organizaciones políticas que promovían el odio hacia Fernández de Kirchner, e incluso, promover su asesinato, con la misma metodología utilizada en el intento, en una transmisión en vivo por una red social (Twitter Space). Esta decisión es inexplicable cuando es comprobable el vínculo entre las personas identificadas como autores materiales con dichas organizaciones (participación en manifestaciones, vinculaciones en redes sociales, entre otros). Tercera irregularidad: la decisión por parte de la Jueza Capuchetti de no investigar el financiamiento que recibieron los autores materiales del hecho. Es conocido que el líder de una de las organizaciones políticas creadas al calor de las protestas contra el entonces Gobierno Nacional, recibió pagos de una empresa de la familia Caputo, por unos supuestos trabajos de carpintería. Esta empresa encargó al líder de la organización política “Revolución Federal”, Jonathan Morel, la confección de muebles para ser llevados a la provincia de Neuquén. Morel afirmó que aprendió carpintería con tutoriales de Youtube y la factura que emitió para el primer cobro a la empresa “Caputo Hermanos” fue la Nº 0001. Pero no sólo Morel debió facturar el trabajo, ya que el monto a cobrar excedía lo permitido para monotributistas. Esto fue subsanado con otras dos facturas de personas allegadas a Morel, también con el número 0001. La persona que decidió contratar a Morel, que tenía una carpintería en un garage, fue Rossana Caputo, hermana de Luis “Toto” Caputo. Es relevante destacar que no era esta persona la encargada de realizar y/o decidir este tipo de contrataciones, sino que este caso fue un procedimiento excepcional de la empresa. Cuarta irregularidad: se hizo pública a partir de que un testigo escuchara una conversación, días antes del intento de homicidio en un bar de la zona del Congreso Nacional, entre el diputado Gerardo Milman (mano derecha de Patricia Bullrich) y dos de sus asesoras, en donde afirmaba que “cuando la maten yo voy a estar camino a la costa”. Esta conversación fue negada por los involucrados hasta el punto de decir que no habían estado en ese bar a la hora que la persona que los escuchara dijo haber estado. Luego aparecieron cámaras de segur
idad que confirmaron la reunión. La jueza demoró la citación y la exigencia de entregar los teléfonos celulares. En efecto, el entonces Diputado de la Nación entregó un teléfono comprado con posterioridad al hecho, lo que evidencia su voluntad de ocultar información. Asimismo, dos semanas antes del atentado a Cristina Fernández de Kirchner, el ex diputado nacional Gerardo Milman, había presentado un proyecto de declaración en la Cámara de Diputados, advirtiendo sobre la posibilidad de un “falso ataque” a la figura de la vicepresidenta; y el día anterior al mismo, presentó un pedido de informes completo sobre la custodia de la ex vicepresidenta. Posterior a los hechos, el ex diputado reconoció en entrevistas televisivas haber participado de las marchas de Revolución Federal. Quinta irregularidad: la decisión de las autoridades judiciales de no investigar a las colaboradoras de Milman. La demora en su citación permitió que sus teléfonos celulares fueran manipulados por un experto en seguridad informática llamado Jorge Adolfo Teodoro (hoy director General de Tecnología de la Información y Comunicaciones del Ministerio de Seguridad de la Nación) en las oficinas de Patricia Bulrich (hoy Ministra de Seguridad de la Nación). Esta irregularidad fue confirmada por una de las involucradas pero no forma parte del juicio en curso. Sexta irregularidad: el pedido de Sabag Montiel (una vez detenido), para que su defensa la definiera Hernán Carrol, líder de otra agrupación ultraviolenta llamada “Nueva Centro Derecha”. Carrol compartió movilizaciones con Patricia Bullrich y el actual Presidente de la Nación, Javier Milei, con quienes se los ve posando en fotos. Asimismo, ha organizado manifestaciones con “Revolución Federal”. Carrol también compartió un viaje al exterior con quien fuera Jefe de Gabinete de Gerardo Milman, en su paso por el Ministerio de Seguridad en la gestión de Mauricio Macri. En este caso, al igual que en el resto de los testigos claves, la jueza Capuchetti demoró en llamarlo a declarar. Cuando esto sucedió, su teléfono había sido borrado el día anterior a la declaración. Carrol tenía otro teléfono “para la actividad política” que la jueza no quiso secuestrar. Todos aspectos que no llamaron la atención de la jueza Capuchetti. Séptima irregularidad: la decisión de las autoridades judiciales de no investigar a Ximena Tezanos Pinto, vecina del departamento de la ex mandataria. Luego del atentado, se supo que los integrantes de “Revolución Federal” tenían acceso al departamento de Tezanos Pinto y que habían estado fotografiando la zona. La vinculación con el atentado nunca fue investigada.
Que todas estas irregularidades dan cuenta de un proceso judicial irregular, que viola el derecho de todo ciudadano a acceder a un juicio justo y que denota la falta de imparcialidad de la Justicia.
Que el atentado a la ex Vicepresidenta constituye el punto más alto del quiebre del pacto democrático que nuestra sociedad había forjado en 1983, no sólo por la consumación del atentado en sí mismo, sino por la actuación posterior de las instituciones de la Justicia, así como también por el proceso de profundización y naturalización de la violencia en el ámbito público.
Que en ese contexto, la negativa a repudiar el atentado por parte de dirigentes políticos relevantes no ha hecho más que fortalecer dicho entramado.
Que la forma en la cual se ha naturalizado e invisibilizado en el debate público el intento de asesinato sobre la ex Vicepresidena de la Nación, dos veces Presidenta y ex senadora y diputada nacional da lugar al accionar irregular por parte del sistema judicial.
Que la democracia implica institucionalizar el conflicto inherente a toda sociedad y encauzarlo hacia instituciones que le den un marco de resolución con reglas preestablecidas. El pacto sellado en 1983, precisamente, se basa en la premisa fundamental según la cual la violencia y el asesinato nunca más deberían ser la forma de resolver las diferencias. Por tal motivo, se torna preocupante para el orden democrático y constitucional de nuestro país el accionar de la Justicia,
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN N° 048/2024
ARTÍCULO 1º: Que este Honorable Cuerpo reitere el repudio de lo ocurrido e instar a que se profundice la investigación sobre el intento de magnicidio contra la Dra. Cristina Fernández de Kirchner.-
ARTÍCULO 2º: Que se esclarezcan todas las acciones irregulares e inacciones deliberadas por parte de la Justicia Federal en la investigación por el intento de magnicidio.-
ARTÍCULO 3º: Hacer llegar a la Dr. Cristina Fernández de Kirchner la solidaridad e invitar a otras instituciones a expresarse en el mismo sentido.-
ARTÍCULO 4º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro.-