Marcos Paz, 03 de Octubre del 2024.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD-219-2024 P.R. “Declaración de Interés Municipal de La Peregrinación con la Virgen de Luján y el Cristo Crucificado por las Barriadas Populares de Marcos Paz, en el marco de la Misión Interdiocesana del Río Reconquista”
La Ley Orgánica de las Municipalidades
El Reglamento interno
La Ordenanza N°45/2012, Sistema de Reconocimientos, Declaraciones de interés, Distinciones y Honras fúnebres.
CONSIDERANDO:
Que el Río Reconquista es el segundo río más contaminado de la Argentina. Que el mismo recorre 18 Municipios de la Provincia de Buenos Aires y que a su alrededor se ubican miles de familias golpeadas por la crisis social, económica y ambiental.
Que el Papa Francisco en Laudato Sí, afirma que…” Podemos ver cómo la Crisis Social y Ecológica están unidas”.
Que a partir de la experiencia llevada a cabo otros años de Peregrinación de la Familia Grande del Hogar de Cristo y las Misiones en los Barrios Populares de la Argentina se propone como fruto de la posible visita del Papa Francisco una Peregrinación Misionera con la Virgen de Luján y el Cristo Crucificado por barriadas populares de distritos por los que pasan los brazos del Río Reconquista.
Que en este marco los días 9 y 10 de octubre la Peregrinación con la Virgen de Luján y el Cristo crucificado pasará por barrios populares de nuestra localidad de Marcos Paz, realizando bendiciones a espacios comunitarios, de Atención de consumos problemáticos, Escuelas, comedores populares, Clubes de Barrio y Capillas, llevando también un mensaje para las familias, de fe, de esperanza, de solidaridad y de organización comunitaria para garantizar la Justicia Social en momentos tan duros para nuestro pueblo humilde.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN N° 054/2024
ARTÍCULO 1°: Declarar de Interés Municipal “La Peregrinación con la Virgen de Luján y el Cristo Crucificado por las Barriadas Populares de Marcos Paz, en el marco de la Misión Interdiocesana del Río Reconquista”.-
ARTÍCULO 2°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los tres días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.-