Marcos Paz, 17 de Octubre del 2024.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD 0220/2024 P.R. “Expresar el apoyo y respaldo al proyecto de Ley, que exime del pago del Impuesto a las Ganancias a las y los trabajadores de Salud”
Expediente 3203-D-2022- HCDN, Proyecto de Ley para eximir del pago del impuesto a las ganancias a trabajadores/as de la salud por los ingresos que excedan las cuatro guardias mensuales en Servicios de Emergencias.
CONSIDERANDO:
Que el retorno a la implementación de la cuarta categoría del Impuestos a las Ganancias (sin la exención para horas extras y guardias de profesionales de la salud) impulsado por la gestión actual Q Presidente Javier Milei, afecta a los/as trabajadores en general, y particularmente a los/as trabajadores de la salud que realizan guardias tanto en el sector público como el privado.
Que dicha medida no sólo expresa un profundo desconocimiento del funcionamiento y la gestión del sistema de salud, ya que dicha medida ocasiona que menos especialistas quieran tomar esas horas que hasta el momento les servía para complementar sus salarios, debido a que el total de eso se descuenta en Ganancias. Es decir, trabajan más, pero sus ingresos decrecen. Dicha problemática impide que quienes administran el personal de salud puedan cubrir las guardias, licencias y mantener los planteles completos de los equipos de salud.
Por tal motivo es que consideramos de vital importancia para el sistema sanitario eximir del pago del impuesto a las ganancias a trabajadores/as de la salud por los ingresos que excedan las cuatro guardias mensuales en Servicios de Emergencias.
Esta excepción se fundamenta sólidamente en el proyecto presentado por el Dr. Gollan “La falta de personal en los servicios de emergencias de salud, particularmente las guardias médicas, constituyen un riesgo para toda la población, incluida, obviamente, la de los trabajadores y las trabajadoras de todo tipo de actividad de modo tal que es fácil asumir esta diferenciada necesidad. De lo que se trata en definitiva, es de que trabajadores y trabajadoras de la salud que realicen más de cuatro guardias mensuales en servicios de emergencias y que, obviamente, puedan exceder el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias, no tributen por ese excedente de guardias realizadas.”
Nuestro complejo sistema sanitario requiere de esta medida que indefectiblemente favorecerá al conjunto de la población en el cuidado de la salud.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN N° 058/2024
ARTÍCULO 1°: Expresar el apoyo y respaldo ante la iniciativa, tratamiento y pronta sanción al proyecto de Ley presentado por el Diputado Nacional Dr. Daniel Gollán, Exp-3203-D-2022- HCDN, cuyo trámite parlamentario es el N°83, para eximir del pago del Impuesto a las Ganancias, a las y los trabajadores de Salud, a los ingresos mensuales en concepto de guardias obligatorias y horas extras en el sistema de salud, tanto público como privado.
ARTÍCULO 2°: Remitir copia de la presente norma a los Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires, y asimismo a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
ARTÍCULO 3°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.-