Marcos Paz, 14 de Noviembre del 2024.-
VISTO:
El expediente 4073-HCD 0279/2024 P.R. “Declaración de interés municipal a la Marcha del orgullo en la ciudad”
La Ordenanza 45/2012 de este cuerpo
El decreto municipal 2817/21
El decreto municipal 4203/24
CONSIDERANDO:
Que, con el objetivo de exigir el reconocimiento de sus derechos humanos, el 2 de julio de 1992 se realizó en Argentina la primera “MARCHA DEL ORGULLO GAYLESBIANO” a casi nueve años de la restauración de la democracia, bajo la consigna “Libertad, Igualdad, Diversidad”;
Que, en el año 1997, se consensuó realizar dicha marcha el primer sábado de noviembre de cada año, en el marco de la conmemoración de la fundación del colectivo Nuestro Mundo, la primera organización disidente de nuestro país y de América Latina, que tuvo lugar un 1° de noviembre de 1967.
Que, desde entonces, la MARCHA DEL ORGULLO se realiza todos los años en todas las provincias de nuestro país para visibilizar la existencia y las resistencias de LGBTI+, y exigir así la ampliación y garantía de derechos; y en el corriente año sería la primera marcha en nuestra ciudad, demostrando el compromiso por la diversidad y el respeto.
Que este cuerpo actualiza permanentemente el compromiso con la intervención en perspectiva de género, respetando y promoviendo que cada persona tenga la oportunidad de vivir plenamente su identidad y/o sexualidad sin ningún tipo de discriminación.
Que con más de dos décadas de historia, la convocatoria de la Marcha del Orgullo ha experimentado un crecimiento exponencial, lo que refleja la importancia y relevancia de este encuentro para la comunidad de todo el país.
Que es fundamental destacar que este tipo de manifestaciones son extremadamente productivas para seguir visibilizando las adversidades que enfrenta la comunidad LGBTIQ+ y que contribuyen de manera significativa a la lucha por el reconocimiento de derechos y al fortalecimiento de la convocatoria pública en contra de la discriminación.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN N° 068/2024
Artículo 1°: Declárese de interés municipal la celebración de la Marcha del Orgullo, a realizarse durante el mes de Noviembre de cada año en la Ciudad de Marcos Paz.-
Artículo 2°: De Forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los catorce días del mes de Noviembre del año dos mil veinticuatro.-