Marcos Paz, 26 de Marzo de 2026.-
VISTO:
El expediente 4073-HCD-022/2026 P.R. “Solicitar a la Dirección de Vialidad la colocación de cámaras para el control y la fiscalización de velocidad en toda la traza de la Ruta Provincial N°40”
La Ley Nacional N°24449
La Constitución Provincial
La Ley Provincial N° 13927
La Ley Provincial N° 15002
La Ley Orgánica de las Municipalidades
El reglamento interno
El Expediente 4073-HCD-063-2024 P.C. “Urgente Iluminación en la Ruta Provincial n° 40”;
Los avances en las obras de la Ruta Provincial N° 40 y el consecuente aumento de la circulación y la velocidad en el tramo comprendido en el distrito
CONSIDERANDO:
Que la Ruta Provincial N° 40 se encuentra actualmente en proceso de obra y mejoramiento, evidenciando importantes avances en distintos tramos del distrito y generando un incremento de la circulación y la velocidad de los vehículos;
Que el aumento de la circulación y la velocidad de los vehículos aumenta el riesgo de accidentes viales, especialmente en sectores urbanos donde existen cruces peatonales, accesos laterales y/o proximidad a espacios públicos, establecimientos educativos, centros de salud, entre otros;
Que la iluminación adecuada es un elemento fundamental para la prevención de accidentes, garantizando la visibilidad nocturna y la correspondiente visibilización de las señales de tránsito;
Que la implementación de cámaras de control y fiscalización de velocidad constituye una herramienta eficaz para la prevención de accidentes, la reducción de la velocidad y la debida penalización en el caso de exceso de velocidad y/o acciones imprudentes al volante;
Que, según lo establece la Ley N° 15002, la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires es el organismo competente en materia de autorización de la instalación de los dispositivos de fiscalización de velocidad, la planificación, el control y la seguridad sobre las rutas provinciales;
Que la Ley Provincial N° 13.927 y su modificatoria Ley N° 15.002 establecen la utilización de cinemómetros y sistemas automáticos o semiautomáticos para el control de infracciones, cuya información no pueda ser alterada manualmente;
Que resulta necesario adoptar medidas preventivas que acompañen el incremento del tránsito y garanticen la seguridad de vecinos y vecinas del distrito;
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN N° 006/2026
ARTÍCULO 1°: Solicítese a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires la instalación de cámaras de control y fiscalización de velocidad en distintos puntos de la Ruta Provincial N° 40, en el tramo que comprende el distrito de Marcos Paz.
ARTÍCULO 2°: Solicítese a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires que, al momento de planificar la colocación de las cámaras de control y fiscalización de velocidad, priorice los tramos con mayor circulación, cruces peatonales, establecimientos educativos y/o centros de salud linderos a la Ruta Provincial N° 40.
ARTÍCULO 3°: Solicítese a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires que efectúe la instalación y/o mejora del sistema de iluminación en el tramo de la Ruta Provincial N° 40 correspondiente al distrito de Marcos Paz.
ARTÍCULO 4°: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que realice las gestiones necesarias para la viabilizarían de los requerimientos mencionados en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 5°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veintiséis días del mes de Marzo del año dos mil veintiséis.-



