Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz |
Aristóbulo del Valle 1976 - 1° Piso, Marcos Paz (1727) |
Teléfono: (0220)477-0788 |
Correos electrónicos: |
Presidencia: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. |
Generalidades
¿Dónde funciona el Concejo Deliberante? |
El Honorable Concejo Deliberante de Marcos Paz se encuentra ubicado en Aristóbulo del Valle 1976, 1° Piso, en el mismo edificio donde se encuentra el Palacio Municipal de la Ciudad. |
¿Cómo se compone el Honorable Concejo Deliberante? |
Lo conforman los Concejales. La cantidad de concejales está estipulado por la ley orgánica de las municipalidades que rige a todas las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires. Marcos Paz, actualmente tiene un total de dieciocho Concejales, esto se calcula por la cantidad de habitantes de la ciudad. (Ley Orgánica de las Municipalidades - Capítulo I - Art. 2º) |
¿Cuáles son las funciones de un Concejal? |
Un concejal es una persona elegida por el pueblo para defender los derechos de los vecinos, procurándoles mayores servicios con el propósito de mejorar su calidad de vida, elevando al Departamento Ejecutivo (Municipalidad de Marcos Paz) proyectos y propuestas para que éste los haga cumplir. |
Se preocupa por obras, servicios, cultura y educación. |
El Honorable Concejo Deliberante de Marcos Paz está formado por 18 (dieciocho) concejales, organizados en distintas comisiones para desarrollar un trabajo consensuado y coherente. |
¿Qué requisitos exige la ley para acceder a Concejal? |
La edad mínima es de 22 años, con dos de residencia en el ámbito municipal. Los extranjeros también pueden ser concejales, pero tienen que ser mayores de 25 años y contar con una residencia de al menos 4 años. Además, debe ser elector del municipio, es decir, constar en el padrón electoral y poseer cédula de identidad o pasaporte legalizado. (Ley Orgánica de las Municipalidades - Capítulo I Art. 10º) |
¿Cómo funciona el Concejo Deliberante? |
Los concejales se convocan a través de sesiones, además de las reuniones de comisión que cada una de ésta propone. Las comisiones son: Comisión Conjunta: Fuera del período Ordinario de Sesiones y/o en los períodos de renovación del cuerpo (es decir cada dos años), se procederá al régimen de Comisión Conjunta. La misma estará constituida por la totalidad de los Concejales y presidida por el Presidente del HCD. Reglamento Interno del H.C.D. de Marcos Paz - Art. 22º |
¿Qué es una sesión? |
Es una reunión de concejales conducida por uno de ellos electo como presidente durante la cual se tratan asuntos de incumbencia del Concejo, de acuerdo con un Orden del Día, votándose las decisiones. |
¿Cómo se clasifican las sesiones? |
Las sesiones pueden ser: |
¿Son públicas las sesiones del Concejo? |
Sí, las sesiones son de público acceso. |
¿Qué significa "Quórum"? |
Es el número mínimo de concejales requeridos para la toma de decisiones. Para formar el quórum legal es necesaria la presencia de la mitad más uno de los concejales. |
¿Dónde se reúnen los concejales para celebrar sus reuniones? |
En una sala especialmente equipada para tal fin, denominada "Sala de de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante". Se encuentra ubicado en el predio del HCD de Marcos Paz. |
¿Cómo elevan sus proyectos y pedidos los concejales? |
Los proyectos y pedidos toman distintas formas: Ordenanzas (Reglamento interno - Art. 69º) Decretos (Reglamento interno - Art. 70º) Resoluciones (Reglamento interno - Art. 71º) Comunicación (Reglamento interno - Art. 72º) Pedido de informe al Departamento Ejecutivo Municipal (Reglamento interno - Art. 73º) |
Qué es una Ordenanza? |
Es un dictamen destinado a legislar o dictar disposiciones de carácter permanente o a reformar, abolir o suspender otra ordenanza o regla general. |
¿Qué es una Resolución? |
Es una decisión que expresa una opinión del concejo sobre cualquier asunto de carácter público o privado, o manifiesta su voluntad de practicar algún acto en tiempo determinado. |
¿Qué es un Decreto? |
Es la forma que adquieren los rechazos de solicitudes de particulares, la aceptación o rechazo a los vetos interpuestos por el Departamento Ejecutivo, la adopción de medidas referentes a la composición u organización interna del Concejo, y en general, toda disposición de carácter imperativo, que no requiera la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal. |
¿Qué es una Comunicación? |
Es un informe destinado a recomendar, requerir información o exponer algo al Departamento Ejecutivo (Municipalidad de Marcos Paz). |
¿Qué es un Pedido de Informe? |
Es una solicitud que hace el HCD al Departamento Ejecutivo Municipal a fin que este último eleve un informe sobre los interrogantes planteados en el pedido, siempre que tenga competencia. |